Los Blogs Mundo Perverso y Registromundo se han visto afectado numerosas veces por los pedidos a Artear S.A. a YouTube para que los últimos eliminasen videos de programas periodísticos suyos y como medida siguiente inhabilitar a los usuarios que subiesen este tipo de material. Se ha mandado un Proyecto de Declaración al Congreso de la Nación para prevenir que Artear y otras empresas del rubro actúen de esta manera y coarten la libertad de expresión.
La Ley 11.723 sobre la Propiedad Intelectual dice lo siguiente:
"Art. 27. - Los discursos políticos o literarios y en general las conferencias sobre temas intelectuales, no podrán ser publicadas si el autor no lo hubiere expresamente autorizado. Los discursos parlamentarios no podrán ser publicados con fines de lucro, sin la autorización del autor.
Exceptúase la información periodística.
Art. 28. - Los artículos no firmados, colaboraciones anónimas, reportajes, dibujos, grabados o informaciones en general que tengan un carácter original y propio, publicadas por un diario, revista u otras publicaciones periódicas por haber sido adquiridos u obtenidos por éste o por una agencia de informaciones con carácter de exclusividad, serán considerados como de propiedad del diario, revista, u otras publicaciones periódicas, o de la agencia.
Las noticias de interés general podrán ser utilizadas, transmitidas o retransmitidas; pero cuando se publiquen en su versión original será necesario expresar la fuente de ellas".
Por otra parte, la Ley 26.032 afirma que "La búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole, a través del servicio de Internet, se considera comprendido dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión".
Para más información:
Blogueros por la Libertad de Expresión
Mundo Perverso
Saber Leyes no es saber Derecho
La Ley 11.723 sobre la Propiedad Intelectual dice lo siguiente:
"Art. 27. - Los discursos políticos o literarios y en general las conferencias sobre temas intelectuales, no podrán ser publicadas si el autor no lo hubiere expresamente autorizado. Los discursos parlamentarios no podrán ser publicados con fines de lucro, sin la autorización del autor.
Exceptúase la información periodística.
Art. 28. - Los artículos no firmados, colaboraciones anónimas, reportajes, dibujos, grabados o informaciones en general que tengan un carácter original y propio, publicadas por un diario, revista u otras publicaciones periódicas por haber sido adquiridos u obtenidos por éste o por una agencia de informaciones con carácter de exclusividad, serán considerados como de propiedad del diario, revista, u otras publicaciones periódicas, o de la agencia.
Las noticias de interés general podrán ser utilizadas, transmitidas o retransmitidas; pero cuando se publiquen en su versión original será necesario expresar la fuente de ellas".
Por otra parte, la Ley 26.032 afirma que "La búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole, a través del servicio de Internet, se considera comprendido dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión".
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Saber Leyes no es saber Derecho
Hay que denunciar el hecho para que no ocurra más y me parece que al final Kirchner termina teniendo razón en que "estan nerviosos"
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